Abstract:
Uno de los problemas urgentes a los que se enfrenta la persona humana al solicitar tutela es la profunda crisis en que está sumergido el sistema jurisdiccional ordinario, en esta investigación se excluye la tutela constitucional que es de otra naturaleza. Existen situaciones en los que no habría tutela jurisdiccional civil efectiva requerida por la persona humana. Especialmente cuando se trata de amenaza o vulneración de derechos inherentes al ser humano. Por tanto urge la creación o desarrollar una vía rápida efectiva, autónoma e inhibitoria en el ordenamiento adjetivo civil, con sentencia mandamental y ejecutiva. Para la implementación de ello es necesario verificar si esta justificada en la Constitución, el Código Civil y el Código Procesal Civil. Teniendo como punto de partida el Art. 17 del Código Civil (cesación de actos lesivos). Se ha verificado que en el ordenamiento adjetivo civil peruano, no se ha tomado en cuenta la tutela procesal inhibitoria efectiva de los derechos inherentes al ser humano, como técnica procesal autónoma. En esta investigación se propone un proceso civil que tutele los derechos inherentes al ser humano teniendo en cuenta el principio de eficacia (urgente), el principio de celeridad procesal (sumariedad) y el principio contradictorio.